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Propuesta de Irujo (Ministro sin cartera
del Gobierno de la República),
al gobierno de la República sobre la libertad religiosa |
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El Ministro de la República al Gobierno
de la República
La Constitución de la República proclama
la libertad de conciencia y de los cultos. La ley de congregaciones
y confesiones regula su ejercicio y lo ampara.
La situación de hecho de la Iglesia, a partir de
julio pasado , en todo el territorio leal, excepto el vasco,
es la siguiente:
a-Todos los altares, imágenes
y objetos de culto, salvo muy contadas excepciones, han
sido destruidos, los más con vilipendio.
b-Todas les iglesias se han cerrado al culto el cual ha
quedado total y absolutamente suspendido.
c-Una gran parte de los templos, en Cataluña, con
carácter de normalidad, se incendiaron.
d-Los parques y organismos oficiales recibieron campanas,
cálices, custodias, candelabros y otros objetos de
culto, los han fundido y han aprovechado para la guerra
o para fines industriales sus materiales.
e-En las iglesias han sido instalados depósitos de
toda clase, mercados, garajes, cuadras cuarteles, refugios
y otros modos de ocupación diversos,...
f-Todos los conventos han sido desalojados y suspendida
la vida religiosa en los mismos. Sus edificios, objetos
de culto y bienes de todas clases fueron incendiados, saqueados,
ocupados o destruidos.
g-Sacerdotes y religiosos han sido detenidos, sometidos
a prisión y fusilados sin formación de causa
por miles, hechos que, si bien amenguados, continúan
aún, no tanto solo en la población rural,
donde se les ha dado caza y muerte de modo salvaje, sino
en las poblaciones. Madrid, Barcelona y las restantes grandes
ciudades suman por cientos los presos en sus cárceles
sin otra causa conocida que su carácter de sacerdote
o religioso.
h-Se ha llegado a la prohibición absoluta de retención
privada de imágenes y objetos de culto. La policía
que practica registros domiciliarios, buceando en el interior
de las habitaciones de vida intima, personal o familiar,
destruye con escarnio y violencia imágenes, estampas,
libros religiosos y cuanto con el culto se relaciona o lo
recuerde...
No tan solo el imperativo de las leyes, sino la conveniencia
de la República, vista singularmente al través
del Ministerio de Estado, de las embajadas de París
y Londres y del organismo ginebrino, obligan al estudio
del problema y fuerzan a su resolución. La opinión
del mundo civilizado observa con extrañeza que conduce
a la repulsión la conducta del gobierno de la República,
que no ha impedido los acusados actos de violencia y que
consiente en que continúen en la forma y términos
que expuestos quedan. La ola revolucionaria puede estimarse
ciega, arrolladora e incontrolada en los primeros momentos.
La sistemática destrucción de los templos,
altares y objetos de culto ya no es obra incontrolada. Más
la participación de organismos oficiales en la transformación
de los templos y objetos de culto para fines industriales,
la prisión confinada en las cárceles de Estado
de sacerdotes y religiosos, sus fusilamientos, la continuidad
de sistema verdaderamente fascista por el que se ultraja
a diario la conciencia individual de los creyentes en la
misma intimidad del hogar por fuerzas oficiales del poder
público, todo ello deja de tener explicación
posible, para situar el Gobierno de la República
ante el dilema de su complicidad o de su impotencia, ninguna
de cuyas conclusiones conviene a la política exterior
de la República y a la estimación de su causa
ante el mundo civilizado...
El ministro concluye sugiriendo toda una serie de medidas
para poner fin a esta situación: Volver a dar libertad
a los sacerdotes y religiosos, abrir la iglesias, permitir
el culto público, no perseguir a las familias en
su vida privada...
Barcelona, para Valencia, el 7 de enero de
1937
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